EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 001500-2021
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 4 de julio de 2022
- Expediente
- 001500-2021
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
EL ex artículo 425, apartado 2, literal b), del CPP autopriza la cndena del absuelto.Se respetaran las grantiías –en términos procesales, claro está–,en tanto en cuanto se celebre una audiencia de apelación en forma con la presencia del imputado y, si correspondiere, en atención al aspecto defendido alegado, con la intervención de testigos y peritos, para someterlos, junto a la declaración del imputado, al respectivo debate contradictorio, siempre que la hipótesis defensiva o resistencia defensa de este último dependa de sus testimonios o explicaciones –no es, pues, un problema derivado del principio de inmediación, sino del de contradicción–. Solo así se podrán revalorar los hechos como datos decisivos para la determinación de la culpabilidad.
Documento oficial
La transcripción de esta resolución todavía no está disponible en JusWeb. El documento se muestra tal como lo publica el Poder Judicial.
Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 001500-2021, resolución del 4 de julio de 2022. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=f2f8ad78-4e4c-4bb2-8ff9-63147c5076e0.