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EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD

Recurso de Nulidad N.º 001890-2019

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
7 de abril de 2021
Expediente
001890-2019
Tipo de recurso
Recurso de Nulidad
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

El conocimiento de un traslado de drogas por parte del encausado recurrente (hecho subjetivo), como se sabe, ante la ausencia de confesión, se ha de acreditar por prueba indiciaria, a partir de los hechos de la causa que revelan por su exterioridad la realidad de la conducta, intencional o no, de una persona. Sobre este punto, primero, se tiene las exposiciones de cuatro de sus coimputados; segundo, el juicio de credibilidad de estos testimonios incriminatorios es positivo porque está en concordancia con el primer indicio base, y porque, además, el hecho de efectuar un traslado en horas de la noche sin documentos formales, y de una casa particular –no de un local formal, dedicado a un negocio en particular–, no tiene justificación de la presunta licitud de este transporte; y, tercero, el dato producto de una máxima de la experiencia que da cuenta que tratándose de una organización criminal internacional y en una concreta operación del traslado más importante de droga no es aceptable que, por engaños, se incorpore a un transportista engañándolo respecto de lo que efectivamente iba a trasladar –las lógicas de compartimentalización, seguridad y vinculación entre sus miembros, así confianza en su adscripción, impiden aceptar a un extraño a quien se le engañe acerca de su intervención en un hecho concreto–. Se dan, pues, un conjunto o pluralidad de indicios cualificados (cadena de indicios) que analizados en conjunto, como corresponde a la prueba por indicios, apuntan en una misma dirección incriminatoria, sin lagunas y, menos, de contraindicios. Se presentan los indicios de capacidad delictiva, de oportunidad y de mala justificación, todos ellos concordantes entre sí y con gran capacidad deductiva. Por consiguiente, la prueba actuada es pues plural, coincidente entre sí, fiable, lícita y suficiente. La presunción de inocencia ha sido enervada. La motivación no presente patologías que excluyan su eficacia.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Recurso de Nulidad N.º 001890-2019, resolución del 7 de abril de 2021. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=f1bf6943-e41c-46b8-8abc-ea24ad757593.

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