EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN
Apelación N.º 000241-2024
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 25 de marzo de 2025
- Expediente
- 000241-2024
- Tipo de recurso
- Apelación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
1. No está en discusión la conexidad desde el artículo 31, inciso 2, del CPP, existente entre los hechos atribuidos a la presidenta de la República, Dina Ercila Boluarte Zegarra, y al recurrente WILFREDO OSCORIMA NÚÑEZ. En ambos casos se trata de un delito de cohecho, que es un delito de encuentro -varias personas actúan hacia una finalidad común, pero lo hacen desde direcciones diferentes y de manera complementaria en que el delito está expresamente penado para ambas partes, que es el caso de los delitos de los artículos 394 y 397 del CP: cohecho pasivo impropio y cohecho activo genérico. 2. La desacumulación de los cargos por los delitos de cohecho tiene fundamento jurídico sólido al haberse reunido el material investigativo suficiente para proceder al siguiente paso, sin que resulte indispensable mantener la continencia de la causa.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000241-2024, resolución del 25 de marzo de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=f0b1dcdf-9268-4f0b-8c1e-92f553045750.