EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 001858-2021
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Transitoria
- Fecha de resolución
- 29 de setiembre de 2022
- Expediente
- 001858-2021
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
El Tribunal Constitucional señala que la sentencia condenatoria se debe fundar en auténticos hechos de prueba y que la actividad probatoria sea suficiente para generar en el Tribunal la evidencia de la existencia no solo del hecho punible, sino también de la responsabilidad penal que en él tuvo el acusado. El Colegiado ha valorado las declaraciones a nivel policial de los agraviados. Se advierte que ninguna de estas contó con la presencia del representante del Ministerio Público, lo que contravino lo normado en los artículos 62 y 72.3 del Código de Procedimientos Penales, de lo cual se colige que lo recabado no tiene eficacia probatoria. La importancia de la participación del Ministerio Público en las actuaciones incipientes de acopio de información, permite que dichos actos, puedan ser considerados prueba válida para ser valorados en el plenario y sometidos al contradictorio, condición que no se han presentado en las declaraciones de todos los agraviados, por consiguiente ante la au
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 001858-2021, resolución del 29 de setiembre de 2022. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=f0361096-d904-4be5-9f08-e7cdf43d72b5.