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EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA

Revisión de Sentencia N.º 000362-2021

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
3 de febrero de 2022
Expediente
000362-2021
Tipo de recurso
Revisión de Sentencia
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

Improcedente la demanda de revisión de sentencia. El recurrente sustentó la demanda de revisión invocando el inciso 3 del artículo 439 del Código Procesal Penal y citando el literal d) del artículo 150 del mismo cuerpo legal. Cabe advertir que este último precepto legal no está comprendido como un supuesto habilitante de la revisión de sentencia. En lo ateniente al inciso 3 del artículo 439 del Código Procesal Penal, no se aprecia que el demandante haya adjuntado algún medio de prueba que conlleve la falsedad de uno de los medios de prueba en que se fundara la decisión condenatoria contra el procesado. El accionante, en el fondo, pretende la revaloración de los medios de prueba, lo cual no es atendible; por tanto, se desestima la demanda de revisión.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Revisión de Sentencia N.º 000362-2021, resolución del 3 de febrero de 2022. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=ef51112b-053f-4e2b-bdd1-b7ceb321bb4f.