EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000482-2021
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 10 de marzo de 2022
- Expediente
- 000482-2021
- Tipo de recurso
- Revisión de Sentencia
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Revisión de sentencia improcedente; declaraciones juradas e informe médico Esta Sala Penal Suprema observa que, si bien se puntualizó la causal regulada en el artículo 439, numeral 4, del Código Procesal Penal, los cuestionamientos formulados exceden el ámbito de pronunciamiento de esta Sala Penal, pues se encuentran dirigidos a cuestionar el juicio de responsabilidad penal efectuado por los órganos jurisdiccionales de primera y segunda instancia.Los presupuestos de procedencia de la acción de revisión están regidos por un sistema numerus clausus. Asimismo, la revisión no da lugar a una nueva instancia de apelación de las sentencias emitidas en los procesos declarativos de fondo. Por ello, al no haberse dado cumplimiento a lo previsto en el artículo 439, numeral 4, del Código Procesal Penal, la demanda evaluada será declarada improcedente.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Revisión de Sentencia N.º 000482-2021, resolución del 10 de marzo de 2022. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=ee286768-628f-4c3f-86c8-be1f45be89b6.