EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000335-2025
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Transitoria
- Fecha de resolución
- 8 de julio de 2025
- Expediente
- 000335-2025
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Sumilla
El testimonio de la agraviada es fiable; su relato de contenido incriminatorio es coherente y verosímil, puesprecisó las circunstancias de modo, tiempo y lugar donde se dieron los actos de tocamientos y abuso sexual en su contra, valorada en el marco establecido por el Acuerdo. Plenario 2-2005/CJ-116. Sumado a ello, existe prueba de naturaleza pericial y personal suficiente que acredita la responsabilidad penal del acusado, como lo son el. Certificado Médico Legal 13437-LS; la Pericia Psicológica 2161-2024-PSC practicada a la agraviada; la declaración de M. S. Z. R. madre de la agraviada; la declaración en cámara. Gesell de la menor agraviada. Y, si bien el acusado negó los cargos en su contra; sin embargo, está probado que este aprovechando la vulnerabilidad de la víctima de ser una niña de 4 años en un primer momento impuso susuperioridad masculina y tocó a dicha menor de edad.Asimismo, está probado que cuando la menor agraviada tenía 11 y 12 años de edad, también fue víctima detocamientos y de actos de violación por parte del encausado Delgado Ubaqui.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 000335-2025, resolución del 8 de julio de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=ea755f50-9a26-45a7-b42e-c45be912defc.