EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 002156-2019
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 24 de marzo de 2022
- Expediente
- 002156-2019
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Sumilla
Vulneración de la normativa procesal al otorgar diferente valor probatorio a la prueba personal actuada en primera instancia (i) Existe una limitación impuesta al juzgador de segunda instancia, descrita en el artículo 425, numeral 2, del Código Procesal Penal a fin de no vulnerar el principio de inmediación, esto es, no se puede otorgar diferente valor probatorio a la prueba personal que fue objeto de inmediación por el juez de primera instancia, salvo que su valor probatorio sea cuestionado por una prueba actuada en segunda instancia. (ii) En el caso concreto, la vulneración de la citada normativa procesal se ha materializado -es patente-, pues, sin la existencia de nuevo medio probatorio, en la etapa procesal se desvirtuó el valor probatorio de la declaración del testigo impropio y se enervó el valor probatorio otorgado a dicha declaración en primera instancia, la cual fue recabada con las garantías de inmediación y contradicción. Evidentemente, estos detalles configuran la causa
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 002156-2019, resolución del 24 de marzo de 2022. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=e934a84a-0d32-4269-a503-2ca10148ad79.