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JusWeb

EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN

Casación N.º 000313-2021

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
30 de mayo de 2022
Expediente
000313-2021
Tipo de recurso
Casación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

1. El artículo 436, apartado 2, del Código Procesal Penal, significa que no puede volverse a discutir un punto impugnativo ya resuelto por el Tribunal Supremo, lo que es consecuencia de la garantía de cosa juzgada formal derivada de la garantía de tutela jurisdiccional. La sentencia dicta en reenvío debe respetar escrupulosamente los puntos ya resueltos por la sentencia casatoria precedente, no puede contradecirlos ni fallar en sentido contrario u opuesto a lo decidido por el Tribunal Supremo, lo que resulta del artículo 433, apartado 2, última oración, del Código Procesal Penal.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 000313-2021, resolución del 30 de mayo de 2022. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=e4d28a13-576d-4ae5-ba2c-72ef5563489e.

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