Saltar al contenido
JusWeb

EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA

Revisión de Sentencia N.º 000402-2023

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
27 de marzo de 2026
Expediente
000402-2023
Tipo de recurso
Revisión de Sentencia
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

Es preciso indicar que la doctrina jurisprudencial, a través del Acuerdo Plenario 1-2023/CIJ-112 del veintiocho de noviembre de dos mil veintitrés, con el fin de determinar la pena concreta que debió imponerse al encausado, tal como se señala en el fundamento 43 del mencionado acuerdo plenario, y en atención a la disminución de la pena por responsabilidad restringida por la edad, contempla que la disminución punitiva sea siempre hasta un tercio por debajo del mínimo y del máximo legal. Atendiendo al principio de proporcionalidad y teniendo en cuenta la gravedad de los hechos, resulta razonable y proporcional reducir la pena impuesta, por lo que la nueva pena será de veinticinco años de pena privativa de libertad. En consecuencia, la pretensión del recurrente es fundada.

Documento oficial

Abrir en otra pestaña ↗

La transcripción de esta resolución todavía no está disponible en JusWeb. El documento se muestra tal como lo publica el Poder Judicial.

Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Revisión de Sentencia N.º 000402-2023, resolución del 27 de marzo de 2026. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=e1cd743f-bc02-4e88-9c1a-c2faed8a425a.

Revisión de Sentencia N.º 000402-2023 · JusWeb