EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 000223-2023
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 26 de agosto de 2026
- Expediente
- 000223-2023
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
La agravante resulta de la necesidad de brindar una protección efectiva al bienestar integral de menor como víctima indirecta del delito de feminicidio, sustentándose en elprincipio internacional del interés superior del niño, ya que, al agravar la sanción, el legislador busca un control social disuasivo que prevenga la exposición de poblacionesvulnerables a episodios de extrema violencia. Teniendo en cuenta lo señalado, para la aplicación de la agravante materia de análisis, debe considerarse la finalidad de lamisma como el contexto en el que sedesarrolla el hecho delictivo. Así, el término “presencia” no está limitado a la interacción directa entre el hecho delictivo y el menor, no se limita a la presencia física directa delmenor en el lugar de los hechos, al ambiente físico en el que se desarrollan estos últimos, sino que se extiende a los demás ambientes del inmueble donde se producen los hechos.Ello es así, en concordancia con lo señalado en el Acuerdo Plenario 001-2016/CJ-116.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 000223-2023, resolución del 26 de agosto de 2026. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=d8ad0b20-0044-4d69-8e54-ab3e7eea0b73.