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EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD

Recurso de Nulidad N.º 000616-2020

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Transitoria
Fecha de resolución
3 de noviembre de 2020
Expediente
000616-2020
Tipo de recurso
Recurso de Nulidad
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

i. Los plazos de prescripción de la acción penal tienen naturaleza material y, por tanto, su aplicación retroactiva solo es admisible si favorece al reo. Distinta es la situación de los plazos de suspensión de los términos prescriptorios, cuyos preceptos tienen naturaleza procesal, por lo que es de aplicación el principio tempus regit actum. ii. La suspensión de los plazos de prescripción únicamente resultará constitucional -en coherencia con las garantías del debido proceso y tutela jurisdiccional, así como con el principio de seguridad jurídica- siempre y cuando no se dicten de forma arbitraria e indiscriminada y se promulguen o regulen en atención a la exigencia de ciertas circunstancias excepcionales.iii. La suspensión general de plazos procesales y de prescripción decretada, en el contexto excepcional, convencional, constitucional y legal descrito, resulta razonable, proporcional y de naturaleza temporal, cuya justificación radica en el estado de excepción declarado y en la ne

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 000616-2020, resolución del 3 de noviembre de 2020. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=d492c5b9-7e8d-420e-b324-1fc88197155d.

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