EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 001928-2014
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 3 de setiembre de 2015
- Expediente
- 001928-2014
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
El artículo 51 º del Código Penal, prescribe que si después de la sentencia condenatoria se descubriere otro hecho punible cometido antes de ella por el mismo condenado de igual o de distinta naturaleza que merezca una pena inferior a la impuesta ... ( ... ) .. el órgano jurisdiccional dictará el sobreseimiento definitivo. El requisito de "descubrimiento de otro hecho punible" (o factor de temporalidad), establecido en el artículo 51º del Código Penal, debe entenderse desde un punto de vista general, esto es, cuando el Estado por intermedio del Ministerio Público, se pronuncia sobre la incidencia de un posible delito sancionable; así, el Colegiado Superior, a la hora de fijar el ámbito de temporalidad, lo hizo no desde el momento en que se descubrió el hecho punible, que predica el citado artículo, sino desde la fecha de su comisión, lo que resulta errado
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Recurso de Nulidad N.º 001928-2014, resolución del 3 de setiembre de 2015. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=d46ff6a8-5a05-4e4e-9348-a3b7bbc602bf.