EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000620-2021
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 31 de marzo de 2023
- Expediente
- 000620-2021
- Tipo de recurso
- Revisión de Sentencia
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Revisión de sentencia improcedente I.En la demanda de revisión formalizada, LUIS EDUARDO ARRUNÁTEGUI SAAVEDRA no dio cumplimiento al supuesto de hecho regulado en el artículo 439, numeral 4, del Código Procesal Penal ni a la interpretación que se realizó en esta Sede Suprema.Según se observa, no propuso hechos o medios de prueba nuevos. En lugar de ello, esgrimió cuestionamientos a los hechos declarados probados y al juicio de responsabilidad penal realizado por los jueces de primera y segunda instancia.Esto último no es amparable por el ordenamiento procesal penal, que establece un sistema numerus clausus sobre los presupuestos de procedencia de la demanda de revisión, y no da lugar a una nueva instancia recursal. Después, de acuerdo con el principio de legalidad procesal, la demanda evaluada será declarada improcedente.II.Por lo demás, se relieva que, de acuerdo con la sentencia de vista, del veintisiete de diciembre de dos mil diecisiete, la condena penal de LUIS EDUARDO
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Revisión de Sentencia N.º 000620-2021, resolución del 31 de marzo de 2023. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=d187df1d-4acf-4e68-a363-d4012ae476dd.