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EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN

Casación N.º 003109-2024

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
10 de marzo de 2025
Expediente
003109-2024
Tipo de recurso
Casación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

En el auto de enjuiciamiento, como prueba documental, se admitió el informe técnico de cuantificación de daños presentado por el actor civil . la noción material del medio de prueba ofrecido, lo que es un informepericial no puede ser confundido por una prueba documental. Ese informe es, pues, un dictamen pericial y, como tal, debe ser apreciado. El que sea una prueba pericial incompleta porque su autor no fue citado por las partes al acto oral, no le resta eficaciaprobatoria, en tanto en cuanto no medió oposición de parte –ni siquiera hubo observaciones al respecto cuestionando su mérito probatorio: la realidad de los daños producidos y la cuantificación de los daños– y fue materia de examen en sede de primergrado y sustentó el recurso del actor civil–

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 003109-2024, resolución del 10 de marzo de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=d0535018-72d9-4cbe-a461-155d76dd1875.

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