EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000578-2024
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Transitoria
- Fecha de resolución
- 2 de octubre de 2024
- Expediente
- 000578-2024
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Extinción de la acción penal por prescripción Sumilla. Los hechos materia de investigación atribuidos a los procesados Fermín Berrocal Quispe, Félix Coronado Quispe y Alejandro Palomino Tineo acontecieron en 1989. Ahora bien, el delito de terrorismo se encuentra previsto en los artículos 288-A, 288-B incisos a, b, c, d y f y artículos 288-C, el cual era sancionado, en su pena más grave, el internamiento; por lo que, corresponde remitirnos a lo normado en el numeral 1 del artículo 119 del Código Penal de 1924 que establece que el plazo de prescripción para delitos que merezcan internamiento asciende a 20 años; de tal forma, concordado con lo previsto en el último párrafo del artículo 121 del citado cuerpo legal, nos lleva a establecer que el plazo extraordinario de prescripción asciende a 30 años.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 000578-2024, resolución del 2 de octubre de 2024. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=cd70c6da-52dd-4e3b-bc81-37ddea723909.