EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000603-2019
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 16 de agosto de 2019
- Expediente
- 000603-2019
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Sumilla
RECUSACIÓN IMPROCEDENTE Y SANCIÓN AL ABOGADO RECUSANTEI.Los jueces supremos que conocen y resuelven la primera recusación planteada por el imputado JOSÉ YUSOF LOLAS MIANI son los mismos que, en esta oportunidad, fueron recusados. Con la finalidad de cautelar el dinamismo, la proactividad y la funcionalidad del proceso penal, corresponde aplicar lo dispuesto en el artículo 309, primer párrafo, numeral 1, del Código Procesal Civil. Por lo tanto, la presente recusación se declara improcedente.II.De parte de la defensa del procesado JOSÉ YUSOF LOLAS MIANI existió dilación indebida. Lo anterior, sin duda alguna, generó un retraso ilegal en el procedimiento y no permitió una adecuada sustanciación en esta instancia suprema. En consecuencia, en uso de la facultad conferida por el artículo 316 del Código Procesal Civil, concierne imponer al abogado Juan Enrique Silva Regalado el pago de la multa de tres unidades de referencia procesal.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Recurso de Nulidad N.º 000603-2019, resolución del 16 de agosto de 2019. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=cc799872-42b6-4e0a-a6de-2dc144528c8f.