EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000248-2018
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 19 de julio de 2018
- Expediente
- 000248-2018
- Tipo de recurso
- Revisión de Sentencia
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
La prueba nueva en la demanda de revisión de sentencia -inciso cuatro del artículo cuatrocientos treinta y nueve del Código Procesal Penal- exige como criterio de admisibilidad dos requisitos: i) que los documentos adjuntados sean posteriores a la sentencia cuestionada y ii) que los documentos adjuntados tengan cierto grado de objetividad para relativizar la cosa juzgada. Para el presente caso, se advierte que los documentos presentados por el demandante si bien no son posteriores a la resolución objetada, sí reúnen cierto grado de objetividad que cuestiona la cosa juzgada, concretamente, la culpabilidad del sentenciado Vega Ramos.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Revisión de Sentencia N.º 000248-2018, resolución del 19 de julio de 2018. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=cbabd87e-92b2-4d76-8c36-e63655d50c75.