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EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN

Casación N.º 003143-2024

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
18 de agosto de 2025
Expediente
003143-2024
Tipo de recurso
Casación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

El juez declaró en el acto oral y fue quien formuló queja en la Oficina de Control de la Magistratura contra el encausado recurrente. Luego, su testimonio no puede considerarse que no se incorporó legítimamente al plenario y, por tanto, que no debió utilizarse en la sentencia, la cual, por lo demás, se sustentó en pruebas concurrentes más allá de lo que aquél señaló en sede de la ODECMA (declaración de la secretaria y los mensajes en el celular del juez denunciante). De otro lado, en sede de apelación no se cuestionó la no aplicación del artículo 57 del Código Penal. Es indiferente que el Tribunal Superior no aplicó de oficio el citado artículo 57 del CP; lo esencial es la denuncia impugnativa y sobre ello no versó la pretensión en apelación. Siendo así, el recurso no tiene contenido casacional. Los argumentos expuestos por el imputado no guardan concordancia con el motivo de casación planteado.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 003143-2024, resolución del 18 de agosto de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=ca6ee45d-7e41-4cd7-b6ec-4694a14343ea.

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