EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000740-2015
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Transitoria
- Fecha de resolución
- 22 de febrero de 2017
- Expediente
- 000740-2015
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
SUMILLA.1. La actividad probatoria realizada en el proceso debe ser suficiente, es decir, que las pruebas actuadas en el proceso estén referidas al hecho criminal que se le imputa al encausado, las que deben ser incriminatorias, para con ello sostener un fallo condenatorio. 2. Para que opere el principio del ne bis in idem, estos son: a) identidad de la persona física o identidad de sujeto; b) identidad del objeto o identidad objetiva; y, c) identidad de la causa de persecución o identidad de fundamento
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 000740-2015, resolución del 22 de febrero de 2017. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=ca10e700-9f10-4362-81f4-5109968ebde4.