EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA
Extradición Activa N.º 000025-2023
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 20 de febrero de 2023
- Expediente
- 000025-2023
- Tipo de recurso
- Extradición Activa
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Procedencia de la extradición pasiva. Analizados los cargos imputados en contra del ciudadano ecuatoriano LUIS WILLIAN SINGO TENESACA, este Tribunal Supremo concluye que resulta procedente la extradición por el delito de violación al haberse cumplido con los requisitos establecidos en el tratado y en el Código Procesal Penal peruano, por lo que se debe llevar a cabo el juzgamiento en el país requirente, toda vez que es allí donde se perpetró el ilícito penal y donde se deberán llevar a cabo todas las diligencias necesarias para el esclarecimiento de los hechos, así como la responsabilidad o irresponsabilidad del requerido. La procedencia de la extradición no implica un juicio de culpabilidad ni un adelanto de su responsabilidad; y, en dicha condición, el Estado peruano la aprueba bajo el entendido de que el país requirente ofrecerá un proceso arreglado a ley y con el respeto de sus derechos fundamentales.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Extradición Activa N.º 000025-2023, resolución del 20 de febrero de 2023. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=c6f99648-2c92-46f7-9a96-1cfaa9b4444a.