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EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD

Recurso de Nulidad N.º 000685-2023

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Transitoria
Fecha de resolución
7 de mayo de 2024
Expediente
000685-2023
Tipo de recurso
Recurso de Nulidad
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

La determinación judicial de la pena alude a un procedimiento técnico y valorativo para la individualización de las sanciones penales. En ese contexto, la discrecionalidad judicial es relativa,pues, no cabe invocar causas de atenuación, disminución o reducción de la pena que no tengan fundamento legal.El TC, en el Exp. 413-2021-PHC/TC, al afirmar que se debe inaplicar la pena del primer párrafo del artículo 189 Código Penal, por regular un extremo mínimo exorbitante, se refirió a ese caso concreto y por eso señala que los doceaños impuestos al favorecido resulta contrario a los principios de razonabilidad y proporcionalidad. Por tanto, como seestableció en la Revisión de Sentencia 23-2022/Ucayali, esa jurisprudencia constitucional no tiene efectos generales o erga omnes, pues, no dispuso el carácter obligatorio de tal pronunciamiento, sino que al no contener el ámbito del juicio de proporcionalidad (abstracto o concreto, de la conminación penal o de la imposición de la pena) no alcanza a todos los casos y con un sentido de proporcionalidad abstracta. De hecho, no es una jurisprudencia vinculante.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 000685-2023, resolución del 7 de mayo de 2024. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=c65d24b7-2ef9-45e6-9fcd-fa1ac044bf82.

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