Saltar al contenido
JusWeb

EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA

Revisión de Sentencia N.º 000077-2022

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
2 de mayo de 2024
Expediente
000077-2022
Tipo de recurso
Revisión de Sentencia
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

I. Se debe señalar que el veintiocho de noviembre de dos mil veintitrés la Corte Suprema emitió el Acuerdo Plenario n.° 1-2023/CIJ-112, publicado el veinte de febrero de dos mil veinticuatro en el diario oficial El Peruano. En tal virtud, con el fin de determinar la pena concreta que debió imponerse al encausado -fundamentos 32 a 34 de dicho acuerdo plenario-, dado que la pena tasada es de cadena perpetua, esta ha de ser convertida a una pena temporal de treinta años por responsabilidad restringida, y esa debe ser la disminución que le corresponde al demandante. Entonces, a esa pena se le deben reducir las reglas por bonificaciones procesales, que los jueces de instancia determinaron, y más allá del equívoco al juez de revisión no le corresponde ser juez de sentencia y mucho menos examinar las variables de dosimetría que han quedado consolidadas y poseen la calidad de firmeza.

Documento oficial

Abrir en otra pestaña ↗

La transcripción de esta resolución todavía no está disponible en JusWeb. El documento se muestra tal como lo publica el Poder Judicial.

Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Revisión de Sentencia N.º 000077-2022, resolución del 2 de mayo de 2024. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=c5ecefed-feda-4bf4-a907-5bf5f50ee00e.

Revisión de Sentencia N.º 000077-2022 · JusWeb