EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 002512-2024
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 14 de marzo de 2025
- Expediente
- 002512-2024
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
No consta, contradicción esencial alguna. La coherencia delargumento con lo expuesto, responde cabalmente al planteamiento de la. Fiscalía. El mandato es claro y la argumentación es coherente con elmismo, completada por la presente decisión, Por ello, no es deaplicación el apartado 2 del artículo 124 del Código Procesal Penal. Porello, no es de aplicación el apartado 2 del artículo 124 del Código. Procesal Penal. Por otro lado, es verdad que existe un plazo decaducidad para plantear aclaraciones de términos oscuros, ambiguos ocontradictorios en que estén redactadas las resoluciones. Empero, el diesa quo se inicia desde el día siguiente de la notificación electrónica y,además, debe adicionarse los dos días a que se refiere el artículo 155-Cde la Ley Orgánica del Poder Judicial, consecuentemente, el pedido dela Fiscalía no fue extemporáneo, aunque, por lo anterior, es infundado.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 002512-2024, resolución del 14 de marzo de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=bfc907f1-139d-474e-aa8b-1f65b49b81db.