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JusWeb

EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN

Casación N.º 000635-2019

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
5 de abril de 2021
Expediente
000635-2019
Tipo de recurso
Casación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

Sumilla. 1. Es del todo razonable inferir la acreditación del hecho subjetivo -los hechos-base o indicios están definidamente demostrados-: los recurrentes estaban al tanto del compartimiento existente en el vehículo y de su propósito delictivo, y lo conocían, precisamente, por todo lo anterior, en especial, por el vínculo con la camioneta, por su relación de parentesco y porque se les encontró en ella (compartimento y adherencias de droga). Por lo demás, una modificación del calado de lo que se hizo en la camioneta incautada no podía ser ajena a su dueño y a quienes la utilizaban y tenían en su poder -el mismo hecho de comprar una camioneta usada exige al comprador, desde una lógica elemental, revisar el vehículo y advertir sus condiciones mecánicas y si es útil al fin propuesto con su adquisición-. 2. No existe diferencia ontológica entre prueba directa y prueba por indicios. La prueba directa compromete necesariamente alguna inferencia para acreditar la atendibilidad del elemento

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 000635-2019, resolución del 5 de abril de 2021. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=bf9ea33d-fade-4666-a453-be0291b8a8c1.

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