EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 003254-2023
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 16 de febrero de 2026
- Expediente
- 003254-2023
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
El artículo 428.1.d del CPP establece como causal de inadmisibilidad del recurso de casación que el recurrente haya consentido la resolución adversa de primera instancia cuando esta ha sido confirmada en segunda instancia, regla orientada a garantizar la seguridad jurídica, la predictibilidad de las decisiones judiciales y el respeto al plazo razonable. Esta disposición responde al principio de doble conforme, según el cual, una vez que la decisión condenatoria ha sido revisada y confirmada por el órgano superior, no corresponde reabrir el debate mediante la casación, dado que esta no constituye una tercera instancia.En el caso concreto, al haberse verificado que la decisión impugnada cuenta con doble conformidad judicial, corresponde que la Corte Suprema declare la inadmisibilidad del recurso, al configurarse la causal prevista en el artículo 428.1.d del Código Procesal Penal, concordante con las normas supletorias procesales civiles, resultando improcedente continuar con el examen
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 003254-2023, resolución del 16 de febrero de 2026. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=bdb93d5f-f216-482a-8a55-7cd7b5606739.