EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 001200-2022
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 17 de noviembre de 2023
- Expediente
- 001200-2022
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
1. El recurrente es el agraviado, cuya legitimación para impugnar está reconocida por el artículo 95, numeral 1, literal d), del CPP. En estos casos, dado que su ámbito material es el objeto civil, solo corresponde definir si se cumplen los presupuestos materiales y procesales para la dilucidación y determinación de la responsabilidad civil. El artículo 12, apartado 3, del CPP, dispone que la sentencia absolutoria no impedirá al órgano jurisdiccional pronunciarse sobre la acción civil derivada del hecho punible válidamente ejercida, cuando procesa. Asume, pues, el Código Procesal Penal la concepción de la autonomía de la acción civil respecto de la acción penal, pues reconoce los diferentes criterios de imputación que informan ambos tipos de acción.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 001200-2022, resolución del 17 de noviembre de 2023. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=bdaf0a5a-7202-45e1-9319-0945a34dcab6.