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JusWeb

EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN

Apelación N.º 000314-2024

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
21 de octubre de 2025
Expediente
000314-2024
Tipo de recurso
Apelación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

a: 1. La realidad de los hechos ha de referirse a la fecha en que se llenó el “Formulario Virtual de Declaración Jurada de Intereses”: seis de julio de dos mil veinte. 2. A esa fecha la encausada LUJAN PASTOR ostentaba el cargo de gerente general de la empresa Shaka Sociedad Anónima Cerrada y de presidente de la Asociación de Usuarios y. Consumidores del Servicio Público de Transporte de la región de la Libertad. El apartamiento, jurídicamente relevante, de ambos cargos se produjo con posterioridad. La renuncia a loscargos de gerente general –que, por lo demás, era jun cargo de una duración por tiempo indefinido– y presidente se registró recién el dieciséis de noviembre de dos mil veinte (cuatro meses después del llenado del aludido Formulario). Es de acotar que, en orden a la Sociedad Anónima en cuestión, el mérito de la Ley 26887, Ley General de Sociedades, de nueve dediciembre de mil novecientos noventa y siete, cuyo artículo 5 prescribe que la constitución de una sociedad debe inscribirse obligatoriamente, así como sus actos sucesivos, mientras el artículo 135 estatuye que si bien el acta de la junta general de accionistas tiene fuerza legaldesde su aprobación, los actos societarios deben inscribirse obligatoriamente en el Registro del domicilio de la Sociedad

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000314-2024, resolución del 21 de octubre de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=b67a1247-c952-4e46-9091-1970943fb474.

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