EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 002488-2023
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 23 de junio de 2026
- Expediente
- 002488-2023
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
La Sala Superior interpretó restrictivamente el artículo 387 del Código Penal, al exigir indebidamente que el funcionario se apropie físicamente del caudal público. Sin embargo, en la modalidad &la apropiación" basta el desplazamiento patrimonial indebido a un tercero. El comprobante de pago y el cheque emitidos a favor de persona distinta del proveedor real evidencian dicho traslado. Además, resulta ilógico negar la apropiación pese a reconocer el pago irregular y el cobro efectivo por tercero no legitimado. También es contradictorio eximir al gerente pese a admitir presión material sobre el tesorero. La devolución posterior del dinero no excluye la tipicidad ni convierte el hecho en una mera irregularidad administrativa. Corresponde casar la sentencia de vista y declarar la nulidad de la sentencia de primera instancia, al haberse construido ambas sobre una infracción de norma sustantiva y motivación ilógica.
Documento oficial
La transcripción de esta resolución todavía no está disponible en JusWeb. El documento se muestra tal como lo publica el Poder Judicial.
Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 002488-2023, resolución del 23 de junio de 2026. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=b5c9e8a6-ba45-46e2-a816-5209e11b92b3.