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EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN

Casación N.º 001180-2019

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
29 de abril de 2020
Expediente
001180-2019
Tipo de recurso
Casación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

La sentencia de vista ha dado cumplida respuesta a los agravios impugnativos de apelación y las inferencias probatorias realizadas no vulneran las reglas de la sana crítica. Se valoró la declaración de la víctima, así como diversas declaraciones de descargo y las pericias. Con independencia de la calidad del razonamiento de los jueces de mérito, lo esencial es que la motivación no contiene defectos constitucionalmente censurables. Las inferencias probatorias no son irrazonables, contradictorias o ilógicas. No se trata de cuestionar una determinada conclusión sobre el juicio de hecho, sino si éste contiene infracciones normativas desde los requisitos de motivación. No los hay. De otro lado, el motivo referido a la supuesta aceptación de una prueba inadmisible no es de recibo porque motivadamente se aceptaron dos testimoniales que no habían sido ofrecidos en sede intermedia, y éstas eran pertinentes y útiles y no pudieron presentarse con anterioridad por una imposibilidad de presencia en

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 001180-2019, resolución del 29 de abril de 2020. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=b44b6b09-c20f-4a43-829f-5744aecff41c.

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