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EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA

Revisión de Sentencia N.º 000815-2024

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
8 de abril de 2026
Expediente
000815-2024
Tipo de recurso
Revisión de Sentencia
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

Título. Revisión improcedente Sumilla: La argüida causal de procedencia contemplada en el numeral 6 del artículo 439 del CPP, prevé dos supuestos: (a) que esta hubiera sido declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional o (b) que hubiera sido declarada inaplicable en un caso concreto por la Corte Suprema.El accionante señaló que, posteriormente a la emisión de la sentencia, se emitió la Ley n.° 30076, que incorporó el artículo 45-A del Código Penal, sin embargo, en atención al párrafo precedente, el argumento que alude la aplicación de la ley señalada no se ajusta a lo establecido en la causal invocada e incluso a pesar que, al ilícito le hubiera correspondido aplicar el sistema de tercios (el artículo 172 del Código Penal contempla una sanción no menor de veinte ni mayor de veinticinco años), se le redujo la pena a quince años conforme a los artículos 45 y 46 del Código Penal, es decir, por debajo del mínimo legal sin motivo alguno, contradiciendo el aspecto cuantitativ

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Revisión de Sentencia N.º 000815-2024, resolución del 8 de abril de 2026. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=b23d6c4e-0303-47a9-896d-0d1d0654a3ca.

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