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EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD

Recurso de Nulidad N.º 002123-2017

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Transitoria
Fecha de resolución
28 de agosto de 2018
Expediente
002123-2017
Tipo de recurso
Recurso de Nulidad
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

El artículo 298, inciso 1, del Código de Procedimientos Penales, establece que procede el recurso de nulidad cuando, en la sustentación de la instrucción o en la del proceso de juzgamiento, se incurriera en graves irregularidades o se omitieran los trámites o garantías establecidas en la ley procesal penal. Estas omisiones procesales se encuentran vinculadas, además, a la inobservancia de las garantías del debido proceso, regulado en el artículo 139, inciso 3, de la Constitución Política del Perú. Asimismo, el &" se define como la observancia de los derechos fundamentales esenciales del procesado, principios y reglas esenciales exigibles dentro del proceso como instrumento de tutela de los derechos subjetivos; y, a su vez, ostenta dos expresiones: formal y sustantiva. En la primera, los principios y reglas que lo integran tienen que ver con las formalidades estatuidas, tales como las que establecen el juez natural, el procedimiento preestablecido, el derecho de defensa y

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 002123-2017, resolución del 28 de agosto de 2018. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=b1fdea06-45c1-43a9-861f-c6fb1fb7dd29.

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