EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 002123-2017
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Transitoria
- Fecha de resolución
- 28 de agosto de 2018
- Expediente
- 002123-2017
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
El artículo 298, inciso 1, del Código de Procedimientos Penales, establece que procede el recurso de nulidad cuando, en la sustentación de la instrucción o en la del proceso de juzgamiento, se incurriera en graves irregularidades o se omitieran los trámites o garantías establecidas en la ley procesal penal. Estas omisiones procesales se encuentran vinculadas, además, a la inobservancia de las garantías del debido proceso, regulado en el artículo 139, inciso 3, de la Constitución Política del Perú. Asimismo, el &" se define como la observancia de los derechos fundamentales esenciales del procesado, principios y reglas esenciales exigibles dentro del proceso como instrumento de tutela de los derechos subjetivos; y, a su vez, ostenta dos expresiones: formal y sustantiva. En la primera, los principios y reglas que lo integran tienen que ver con las formalidades estatuidas, tales como las que establecen el juez natural, el procedimiento preestablecido, el derecho de defensa y
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 002123-2017, resolución del 28 de agosto de 2018. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=b1fdea06-45c1-43a9-861f-c6fb1fb7dd29.