EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 003280-2022
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 12 de enero de 2026
- Expediente
- 003280-2022
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
En este caso, no se advierte que a nivel de apelación se actuara prueba nueva que haya contradicho el testimonio de la víctima, por lo que la única forma para tomar injerencia en el sentido probatorio de cargo de la versión de la agraviada y modificarla por una connotación exculpatoria era a través del análisis de las denominadas jurisprudencialmente como zonas abiertas, que se relacionan con extremos en los que hubiera resultado evidente una apreciación irracional, ilógica o sesgada del contenido de la prueba ante lo que realmente expresaba.Resulta coherente admitir la casación de la representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables por la primera causal del artículo 429 del Código Procesal Penal, pues en caso de ampararse la revocatoria del extremo penal absolutorio solicitado por el Ministerio Público, ello podría incidir en el incremento de la reparación civil fijada en la sentencia de vista.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 003280-2022, resolución del 12 de enero de 2026. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=b14ac8c2-162b-4049-87c8-0cc6a2451428.