EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000891-2024
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Transitoria
- Fecha de resolución
- 11 de diciembre de 2024
- Expediente
- 000891-2024
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
En cuanto a la prueba en los delitossexuales, la Corte Interamericana de. Derechos Humanos ha establecido que, como los ilícitos sexuales en general se caracterizan por ser “clandestinos”, o producirse en ausencia de otras personas más allá de la víctima y el agresor o los agresores, no se puede esperar la existencia de pruebas gráficas o documentales. Por ello, es habitual y admisible como única prueba de cargo legítima la declaración de la víctima. En este caso, la sindicación de las dos víctimas cumplió además con las garantías de certeza del Acuerdo Plenario 002-2002/CJ-116, tal como la Sala penal superior correctamente valoró. En esesentido, la condena y pena impuesta alsentenciado se ratifican.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 000891-2024, resolución del 11 de diciembre de 2024. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=b01f411d-ca9e-4127-9d63-ee23e7a1d906.