EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 002321-2023
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 12 de setiembre de 2024
- Expediente
- 002321-2023
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Casación infundada. No existe el derecho a mentir del imputado, solo el derecho a no autoincriminarse.I. Es importante destacar que cuando se trata de la declaración de un imputado o coimputado se requiere y se exige aún más una mayor obligación de graduar la credibilidad del declarante. Ahora bien, la confesión es posible que se dé durante la etapa de investigación y puede producirse incluso en cualquier momento del proceso. No está supeditado ni subordinado a que el Ministerio Público deba reconocerlo expresamente como tal, para vincular al juez. Los jueces de instancia ejercen su función de manera independiente conforme a su razonamiento, asegurando la tutela efectiva de los derechos del imputado. La facultad del juez para valorar una declaración de confesión del imputado como sincera no está sujeta ni depende de la calificación previa del Ministerio Público, sino que se encuentra únicamente condicionada por el cumplimiento de los presupuestos establecidos en la ley, en particular
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 002321-2023, resolución del 12 de setiembre de 2024. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=add510fc-197e-4ffd-8503-56d84c3ef317.