Saltar al contenido
JusWeb

EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN

Apelación N.º 000023-2018

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
19 de octubre de 2020
Expediente
000023-2018
Tipo de recurso
Apelación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

a. Apoyarse en “leyes supuestas o derogadas” alude al supuesto en el que el agente funda su decisión en una norma inexistente que, por ende, nunca tuvo vigencia o, habiéndola tenido, ya no existe con fuerza normativa en el ordenamiento jurídico. La derogación puede ser expresa o tácita, según la pérdida de vigencia haya sido manifiesta o pueda inferirse de una cláusula derogatoria general.b. El aumento del riesgo sobre el bien jurídico protegido –funcionamiento eficaz del sistema de justicia– es potenciado por la aplicación de una norma derogada. Para que el riesgo pueda considerarse prohibido, la ley que sustenta la decisión debe haber sido determinante en la sustentación de la decisión cuestionada. A tal efecto no es relevante que el resultado material –la equivocada decisión plasmada en el dictamen o resolución– haya sido posteriormente corregido. El bien jurídico protegido está directamente relacionado con la confianza de los usuarios del sistema en el eficaz funcionamiento del servicio de justicia desde la instancia primaria, con independencia de su corregibilidad mediante la aplicación del principio de instancia plural. c. Se trata de una conducta dolosa, entendida como el conocimiento potencial por parte del magistrado de que la ley que sustenta esencialmente su decisión es una norma derogada tácita o expresamente. Los criterios objetivos para determinar este conocimiento deben evaluarse en función de las circunstancias del caso. No se exige que se pruebe que, al tiempo de los hechos, el sujeto activo conocía de dicha circunstancia o, mucho menos que existió la voluntad manifiesta de aplicarla. Es necesario determinar si, desde la competencia personal y de las circunstancias objetivas del caso, que el agente estaba en la posibilidad de conocer o informarse de la vigencia o no de la ley a invocar.

Documento oficial

Abrir en otra pestaña ↗

La transcripción de esta resolución todavía no está disponible en JusWeb. El documento se muestra tal como lo publica el Poder Judicial.

Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000023-2018, resolución del 19 de octubre de 2020. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=aae78931-dc90-4c3f-b4c2-3971e7a1e4bd.

Apelación N.º 000023-2018 · JusWeb