EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 003484-2022
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 20 de diciembre de 2024
- Expediente
- 003484-2022
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
Control de admisibilidad de la querella, rechazo de plano y fundabilidad de la casacióna.De acuerdo con el numeral 3 del artículo 460 del CPP, el rechazo de plano de la querella se puede dar cuando (i) sea manifiesto que el hecho no constituye delito, (ii) la acción esté evidentemente prescrita o (iii) verse sobre hechos punibles de acción pública.b.Así, cuando la desestimación liminar se circunscribe a que el hecho no constituye delito, este debe ser manifiesto, notorio o evidente. Es decir, el juzgador debe advertir que los hechos no tienen contenido penal, sin que sea necesario ejecutar una rigurosa subsunción normativa. En efecto, se trata de una apreciación judicial que descansa en la idea de lo obvio o patente, que no necesita debate alguno y es de suyo claro para el juez. Si el hecho no constituye un injusto penal o el injusto penal denunciado tipifica un delito público distinto del que habilita el proceso en cuestión, la acción penal no puede aceptarse.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 003484-2022, resolución del 20 de diciembre de 2024. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=aa233cda-d36c-4363-9036-ca10e02fa857.