EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 003347-2022
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 28 de febrero de 2025
- Expediente
- 003347-2022
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Sumilla
En el caso sub judice, es evidente que el delito de chantaje sexual (previsto en el artículo 176-A del Código Penal) es más beneficioso para el accionante, desde la perspectiva de la favorabilidad y en aplicación del supuesto establecido en el artículo 6 del Código Penal, que establece lo siguiente: &tablecidos en la Sentencia Plenaria n.° 2-2005/CJ-301A y en los precedentes vinculantes señalados en los Recursos de Nulidad n.° 1920-2006/Piura y n.º 1500-2006/Piura."; Además, es una ley posterior -al delito de extorsión- y puede aplicarse a un hecho cometido con anterioridad a la dación de aquella, siempre que sea en beneficio del procesado, por principio de favorabilidad y conforme los tópicos establecidos en la Sentencia Plenaria n.° 2-2005/CJ-301A y en los precedentes vinculantes señalados en los Recursos de Nulidad n.° 1920-2006/Piura y n.º 1500-2006/Piura.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 003347-2022, resolución del 28 de febrero de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=a94e4bc2-4bbb-405b-b5f4-139484f8ccc1.