EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000517-2018
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 7 de junio de 2018
- Expediente
- 000517-2018
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
La encausada presenta un trastorno mental orgánico, retardo mental leve. Tal trastorno no es de tal magnitud que le impida comprender el carácter delictuoso de su acto o determinarse según esta comprensión. Cuando delinquió se encontraba relativamente embriagada. La encausada, cuando cometió los hechos, contaba con veinte años de edad, luego, es de aplicación el artículo 22 del Código Penal. No se aplican las exclusiones establecidas en las últimas reformas de este precepto, conforme se estipuló en el Acuerdo Plenario número 4-2016/CIJ-116. Como concurren tres causales de disminución de la punibilidad: eximentes imperfectos de responsabilidad penal, y la encausada carece de antecedentes cabe imponer una pena por debajo del mínimo legal.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Recurso de Nulidad N.º 000517-2018, resolución del 7 de junio de 2018. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=a8a30f11-788a-4236-906d-59f9695a0375.