EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 001177-2019
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Transitoria
- Fecha de resolución
- 22 de enero de 2020
- Expediente
- 001177-2019
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Las penas conjuntas deben ser proporcionales. La determinación de la pena de inhabilitación no es discrecional y, en el plano temporal, debe guardar correspondencia con la privativa de libertad. En el presente de caso, se trata de una pena principal y la temporalidad abstracta que se debe aplicar en su determinación es la del texto original del artículo 426 del Código Penal, por ser específica en relación con el delito cometido; en consecuencia, no corresponde remitirnos alartículo 38 del Código Penal que reclama el impugnante.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 001177-2019, resolución del 22 de enero de 2020. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=a7f42e05-4367-43ab-a13f-4f7c2e83cc5f.