EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 002557-2024
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 10 de febrero de 2025
- Expediente
- 002557-2024
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
El artículo 74, último párrafo, del Código Penal estipula que la internación –solo con fines de terapéuticos o de custodia– podrá disponerse cuando concurra el peligro de que el agente cometerá delitos considerablemente graves –diagnóstico de comportamiento futuro–. A la comisión de un hecho típico antijurídico y a la inimputabilidad del agente por una anomalía psíquica de larga duración –un caso distinto es el de los semi imputables para los que el CP optó por el modelo vicarial–, corresponde, adicionalmente, un pronóstico de comisión de hechos típicamente antijurídicos de considerable importancia.Es decir, sin la internación fueran inminentes graves lesiones de bienes jurídicos. Son, pues, condiciones de legitimidad de la internación, y que deben ser reevaluadas cada cierto tiempo, a partir de informes médicos, conforme lodispone el artículo 75, último párrafo, del CP
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 002557-2024, resolución del 10 de febrero de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=a199151e-5a68-4453-bcac-f741fd8336bd.