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EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN

Casación N.º 002557-2024

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
10 de febrero de 2025
Expediente
002557-2024
Tipo de recurso
Casación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

El artículo 74, último párrafo, del Código Penal estipula que la internación –solo con fines de terapéuticos o de custodia– podrá disponerse cuando concurra el peligro de que el agente cometerá delitos considerablemente graves –diagnóstico de comportamiento futuro–. A la comisión de un hecho típico antijurídico y a la inimputabilidad del agente por una anomalía psíquica de larga duración –un caso distinto es el de los semi imputables para los que el CP optó por el modelo vicarial–, corresponde, adicionalmente, un pronóstico de comisión de hechos típicamente antijurídicos de considerable importancia.Es decir, sin la internación fueran inminentes graves lesiones de bienes jurídicos. Son, pues, condiciones de legitimidad de la internación, y que deben ser reevaluadas cada cierto tiempo, a partir de informes médicos, conforme lodispone el artículo 75, último párrafo, del CP

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 002557-2024, resolución del 10 de febrero de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=a199151e-5a68-4453-bcac-f741fd8336bd.

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