Saltar al contenido
JusWeb

EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN

Casación N.º 000411-2023

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
12 de febrero de 2025
Expediente
000411-2023
Tipo de recurso
Casación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

1. El CP reconoce dos grados de intervención delictiva, que expresan lavinculación entre sujeto y comportamiento delictivo; todos los intervinientes (autor yparticipes –cómplices e instigadores–) infringen la norma, lo que los hace responsables.El artículo 23 del CP reconoce tres modalidades de autoría: autoría directa e inmediata, coautoría la autoría mediata; y, respecto de la coautoría, la define como “…los que lo cometan [el delito] conjuntamente”. El requisito o exigencia fundamental y básica de esta última es, objetivamente, la realización del delito mediante división vinculante –noseparadora– del trabajo, que explica la vinculación normativa que existe entre loscoautores y la obra común que es el delito. Los coautores son competentes por el delito en razón de una realización parcial del tipo penal por medio de una conducta a la que, desde la semántica social, le alcanza un sentido delictivo; ancomunidad que se envirtud de la objetiva relación de sentido de cada comportamiento respecto de larealización del tipo. Se castiga, pues, los aportes prohibidos realizados por dos o más personas en el delito, en lo característico del mismo, en cuya virtud se entiende que, normativamente, el delito se comete conjuntamente –en el presente caso, en el delito de homicidio–.

Documento oficial

Abrir en otra pestaña ↗

La transcripción de esta resolución todavía no está disponible en JusWeb. El documento se muestra tal como lo publica el Poder Judicial.

Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 000411-2023, resolución del 12 de febrero de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=a188fffa-cf67-4657-8fb0-a94a5d99bb65.

Casación N.º 000411-2023 · JusWeb