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JusWeb

EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN

Apelación N.º 000120-2025

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
18 de febrero de 2026
Expediente
000120-2025
Tipo de recurso
Apelación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

Fundada en parte la excepción de improcedencia de acción I. La respuesta no es que el ilícito de tráfico de influencias es atípico, pues el medio de defensa técnico solo se aplica bajo dos supuestos legales, esto es, cuando el hecho imputado no constituye delito o no es justiciable penalmente, es decir, que aquella se presenta o aplica cuando la conducta relatada por la Fiscalía no está tipificada en el Código Penal -falta de tipicidad-, cuando carece de antijuridicidad -verbigracia, que exista una causa de justificación clara- y cuando no es punible, debido a una excusa absolutoria. La decisión cuestionada no abordó tales aspectos ni, mucho menos, los expuso el peticionante; entonces, lo que en puridad se presenta de forma relevante es que este delito -tráfico de influencias- continúa subsistiendo si no ha prescrito como delito independiente de la organización criminal. La modificación del baremo punitivo de los delitos fines, introducido por la Ley n.° 32138, no liquida los element

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000120-2025, resolución del 18 de febrero de 2026. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=9e65037a-9a52-4cb7-9730-947941f6ac3c.

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