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EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN

Apelación N.º 000014-2018

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Transitoria
Fecha de resolución
9 de diciembre de 2019
Expediente
000014-2018
Tipo de recurso
Apelación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

Cohecho pasivo específico Sumilla. El donativo, promesa o cualquier otra ventaja o beneficio, pueden tener una connotación económica o no y debe beneficiar directamente al sujeto activo. La entrega puede ser en forma inmediata o a futuro, y cabe la posibilidad de que se realice a una tercera persona que tenga un vínculo con el agente activo. Si bien constituye un delito de encuentro, no es necesario lograr la plena identificación de la persona que prometió o entregó el donativo, ventaja o beneficio, ya que dicho aspecto se puede acreditar a través de prueba indiciaria. Existen suficientes pruebas indiciarias que acreditan la comisión del delito, respecto al hecho de haber dictado sentencia estimatoria en el proceso de prescripción adquisitiva, y la responsabilidad penal del acusado Janampa Oscátegui, lográndose desvirtuar la presunción de inocencia sobre la base de actividad probatoria suficiente, idónea y válida.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Apelación N.º 000014-2018, resolución del 9 de diciembre de 2019. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=9c254a39-c952-46fb-90a1-4a84ab2bb7fc.

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