EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000193-2020
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 4 de octubre de 2021
- Expediente
- 000193-2020
- Tipo de recurso
- Revisión de Sentencia
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Sumilla
Recusación inadmisible y revisión de sentencia improcedente. Los escritos respectivos, a través de los cuales se recusa a los jueces miembros de este Tribunal Supremo, carecen de asidero.En efecto, se aprecia que los agravios no configuran ninguna de las causales establecidas en el artículo 53 del Código Procesal Penal. Además, no fluye prueba objetiva, inequívoca y reveladora sobre la falta de imparcialidad y los actos de corrupción anotados. Las afirmaciones esgrimidas no poseen virtualidad epistémica. Desde que se promovió la demanda de revisión hasta que se estableció fecha para su calificación procesal se siguió el trámite previsto en el artículo 443, numeral 1, del Código Procesal Penal. Las dilaciones surgidas no son atribuibles a este órgano jurisdiccional. Ello se debe a la ingente cantidad de documentos incorporados que fueron proveídos oportunamente.De este modo, la recusación evaluada será declarada inadmisible. En la demanda de revisión formalizada, HUMBERTO ARMAND
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Revisión de Sentencia N.º 000193-2020, resolución del 4 de octubre de 2021. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=99730a9a-01db-40f8-b997-a991dd1e9605.