EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 000592-2019
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 7 de julio de 2021
- Expediente
- 000592-2019
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
El artículo 425 apartado 2 del Código Procesal Penal pone un límite a la potestad de valoración independiente de la prueba actuada en primera instancia. Dispone que: “La Sala Penal Superior no puede otorgar diferente valor probatorio a la prueba personal que fue objeto de inmediación por el Juez de primera instancia, salvo que su valor probatorio sea cuestionado por una prueba actuada en segunda instancia esto último, nuevas pruebas actuadas en segunda instancia, en el sub-lite, no ha ocurrido–.
Documento oficial
La transcripción de esta resolución todavía no está disponible en JusWeb. El documento se muestra tal como lo publica el Poder Judicial.
Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 000592-2019, resolución del 7 de julio de 2021. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=9944f1bc-bf72-4a40-8223-8eb9e9378f26.