EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN
Apelación N.º 000081-2021
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 13 de julio de 2022
- Expediente
- 000081-2021
- Tipo de recurso
- Apelación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
1. Estando al principio dispositivo que informa el régimen de los recursos y cumplido los presupuestos formales del mismo, solo cabe aprobar el desistimiento del Ministerio Público. Cabe precisar, sin embargo, que solo se trata del desistimiento del recurso de apelación -de un acto procesal concreto-, no del desistimiento del proceso de terminación anticipada, en cuyo caso además requeriría la aceptación del imputado, como reza el artículo 343 del Código Procesal Civil. Por ello, es del caso continuar con el análisis del recurso del imputado acogido a la terminación anticipada. 2. La regla general en materia de pluralidad de hechos punibles o de imputados está definida en el artículo 469 del CPP. Se requiere el acuerdo de todos los imputados y por todos los cargos que se incrimine a cada uno. Ello importaría que los acuerdos son totales o integrales: todos los imputados y todos los cargos materia del proceso.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000081-2021, resolución del 13 de julio de 2022. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=98df5a42-da94-4091-b0d0-9e6e05c386dd.