EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN
Apelación N.º 000423-2025
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 15 de diciembre de 2025
- Expediente
- 000423-2025
- Tipo de recurso
- Apelación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
1. La excepción es una defensa de naturaleza procesal que el Código Procesal Penal las enumera bajo el sistema de numerus clausus. Salvo la excepción de naturaleza de juicio que su estimación trae como efecto la adecuación al trámite debido, en las demás excepciones -entre ellas la de improcedencia de acción- la causa se sobresee definitivamente, lo que equivale a una inadmisión de la pretensión de la Fiscalía -destruye el derecho de persecución del Ministerio Público sin afirmar el propio, rechaza el acto de promoción de la acción sin entrar al fondo del asunto, lo que supone una absolución en la instancia. La disposición de formalización de la investigación preparatoria tiene como presupuesto que el hecho que atribuye al investigado debe constituir un injusto penal y punible que debe ser mencionado explícitamente (ex artículo 336, numerales 1 y 2, letra &', del CPP), lo que se erige en un presupuesto proce
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000423-2025, resolución del 15 de diciembre de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=93ff2fc2-45d5-4117-b7e0-939b5052152e.