EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 001133-2021
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 31 de mayo de 2024
- Expediente
- 001133-2021
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Valoración probatoria en segunda instanciai. La Sala Penal Superior valorará independientemente la prueba actuada en la audiencia de apelación y las pruebas pericial, documental, preconstituida y anticipada. Asimismo, la Sala Penal Superior no puede otorgar diferente valor probatorio a la prueba personal que fue objeto de inmediación por el juez de primera instancia, salvo que su valor probatorio sea cuestionado por una prueba actuada en segunda instancia. Con relación a esto último, el Tribunal de Alzada no está autorizado a variar la conclusión o valoración que, de su contenido y atendibilidad, realice el órgano jurisdiccional de primera instancia. Desde luego, esto reduce el criterio fiscalizador del Tribunal de apelación, pero no lo elimina.ii. El Tribunal de Alzada puede darle un valor diferente al relato fáctico, cuando (a) haya sido entendido o apreciado con manifiesto error o de modo radicalmente inexacto -el testigo no dijo lo que menciona el fallo-; (b) sea oscuro, imprec
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 001133-2021, resolución del 31 de mayo de 2024. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=915ff3a5-2c98-4398-b073-4e9541374953.