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JusWeb

EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN

Casación N.º 001292-2024

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
3 de octubre de 2024
Expediente
001292-2024
Tipo de recurso
Casación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

No resulta racional y colinda con la deshumanización de las penas pretender que al sentenciado, en la condición médica en que se encuentra, imposibilitado de producir fuentes de ingreso fuera de su pensión de invalidez, se le imponga como regla de conducta que cumpla con pagar la deuda alimenticia, con montos y plazos, los que son, de por sí, dada su condición física, imposibles de cumplir, y bajo el apremio de revocársele la suspensión de la pena por una efectiva, invocándose sin mayor análisis de valoración del estado actual de aquel y del monto que recibe como pensión de invalidez la aplicación del artículo 59, numeral 3, del Código Penal. Ello resulta lesivo contra las garantías del debido proceso y la tutela judicial efectiva, amparadas por nuestra Constitución; máxime si existen otros mecanismos con los que se puede obtener el cumplimiento del pago de la deuda de pensión alimentaria y devengados, respetando el principio de proporcionalidad y de interés superior del niño.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 001292-2024, resolución del 3 de octubre de 2024. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=8db9f0d1-b4bb-45e7-b7b9-c1dfa4d8ea67.

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