EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 001292-2024
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 3 de octubre de 2024
- Expediente
- 001292-2024
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
No resulta racional y colinda con la deshumanización de las penas pretender que al sentenciado, en la condición médica en que se encuentra, imposibilitado de producir fuentes de ingreso fuera de su pensión de invalidez, se le imponga como regla de conducta que cumpla con pagar la deuda alimenticia, con montos y plazos, los que son, de por sí, dada su condición física, imposibles de cumplir, y bajo el apremio de revocársele la suspensión de la pena por una efectiva, invocándose sin mayor análisis de valoración del estado actual de aquel y del monto que recibe como pensión de invalidez la aplicación del artículo 59, numeral 3, del Código Penal. Ello resulta lesivo contra las garantías del debido proceso y la tutela judicial efectiva, amparadas por nuestra Constitución; máxime si existen otros mecanismos con los que se puede obtener el cumplimiento del pago de la deuda de pensión alimentaria y devengados, respetando el principio de proporcionalidad y de interés superior del niño.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 001292-2024, resolución del 3 de octubre de 2024. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=8db9f0d1-b4bb-45e7-b7b9-c1dfa4d8ea67.